La incapacitación judicial en España ha experimentado cambios significativos con la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Esta normativa adapta el ordenamiento jurídico español a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, promoviendo un modelo que respeta la voluntad y las preferencias de las personas con discapacidad.

¿Qué significa incapacitar a una persona?

Anteriormente, la incapacitación judicial era un proceso legal mediante el cual se declaraba que una persona carecía de capacidad para tomar decisiones por si misma debido a una enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico o psíquico. Esta declaración implicaba la limitación de la capacidad de obrar de la persona, asignándole a un tutor que actuaba en su nombre.

  • Diferencias entre incapacidad y incapacitación judicial

La incapacidad se refiere a la situación en la que una persona, debido a condiciones físicas o psíquicas, no puede gobernarse por sí misma. Por otro lado, la incapacitación judicial era el procedimiento legal que declaraba oficialmente dicha incapacidad, restringiendo la capacidad de obrar de la persona afectada. Con la nueva legislación, se elimina la figura de la incapacitación judicial, sustituyéndola por medidas de apoyo que respetan la autonomía de la persona.

  • Situaciones en las que se aplicaba la incapacitación

La incapacitación judicial se aplicaba en casos donde una persona presentaba enfermedades o deficiencias persistentes que le impedían tomar decisiones adecuadas sobre su vida personal, social o patrimonial. Esto incluía situaciones de enfermedades mentales graves, demencias seniles u otras condiciones que afectaban significativamente la capacidad de autogobierno.

Causas para iniciar un proceso de incapacitación

  • Enfermedades mentales o degenerativas

Trastornos como la esquizofrenia, el Alzheimer u otras demencias que afectaban la capacidad cognitiva y de decisión de la persona.

  • Casos de abuso o riesgo para la persona

Situaciones donde la persona vulnerable podía ser objeto de abusos, estafas o manipulaciones, poniendo en riesgo su integridad física, emocional o patrimonial.

¿Quién podía iniciar un proceso de incapacitación?

  • Parientes cercanos

Cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos del incapacitado.

  • Instituciones públicas o privadas

Un organismo competente podía actuar de oficio si tenía conocimiento de la situación del incapacitado. Además, autoridades o funcionarios que conocieran la existencia de una posible causa de incapacitación debían informar al juzgado correspondiente para iniciar el procedimiento.

El procedimiento judicial para incapacitar a una persona

  • Documentos y pruebas necesarias

Era fundamental presentar informes médicos que acreditaran la enfermedad o deficiencia de la persona, así como testimonios de allegados que evidenciaran la incapacidad para gestionar sus actos.

  • Etapas del proceso judicial
  1. Solicitud inicial: Iniciada por los parientes o una institución autorizada.
  2. Intervención de un defensor: Representación de los intereses del incapacitado.
  3. Audiencia de allegados: Para obtener información adicional sobre la situación del incapacitado.
  4. Exploración personal: El juez evaluaba al incapacitado para determinar su estado.
  5. Sentencia: Establecía medidas concretas para la gestión de sus bienes y el nombramiento de apoyo.

¿Qué cambios en la incapacitación judicial incorpora la Ley 8/2021?

Con la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, se han producido importantes modificaciones en la regulación de la incapacitación judicial en España. Este cambio responde a la necesidad de alinear el ordenamiento jurídico con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, promoviendo un enfoque basado en los derechos, la dignidad y la autonomía personal. Para entender mejor este cambio y sus implicaciones legales, contar con el asesoramiento de un abogado puede ser de gran ayuda.

Entre los cambios más destacados se encuentran:

  • Eliminación de la figura de la incapacitación judicial:

La nueva normativa elimina la declaración judicial de incapacidad y la sustituye por medidas de apoyo personalizadas. Estas medidas se diseñan en función de las necesidades específicas de cada persona y buscan garantizar su capacidad para tomar decisiones de manera autónoma, con el acompañamiento necesario.

  • Sustitución de la tutela y la patria potestad prorrogada por la curatela:

La figura de la tutela, que otorgaba un control casi absoluto sobre las decisiones de la persona incapacitada, ha sido reemplazada por la curatela. Este modelo prioriza la colaboración y la asistencia, en lugar del reemplazo en la toma de decisiones. La curatela puede ser representativa únicamente en casos excepcionales.

  • Medidas de apoyo menos invasivas:

En lugar de limitar la capacidad de obrar de una persona, la nueva ley establece sistemas de apoyo que respetan su voluntad, deseos y preferencias. Estas medidas pueden incluir asistencia para gestionar bienes, facilitar la toma de decisiones complejas o el acompañamiento en actos jurídicos específicos.

  • Refuerzo de las salvaguardas:

Para evitar abusos o conflictos de interés, la ley establece mecanismos de supervisión más estrictos. El curador debe actuar siempre en beneficio de la persona, y sus acciones están sujetas a la vigilancia del juzgado, garantizando la protección de los derechos y bienes del beneficiario.

  • Fomento de poderes preventivos:

La ley incentiva el uso de poderes preventivos, que permiten a una persona designar con antelación a alguien de su confianza para que actúe en su nombre en caso de que, en el futuro, necesite apoyo en la gestión de sus decisiones personales o patrimoniales.

  • Adaptación de los procesos judiciales en curso:

Los procedimientos de incapacitación iniciados antes de la reforma deben ser revisados para adaptarse a la nueva normativa. Esto incluye la transformación de tutelas ya existentes en medidas de apoyo compatibles con la legislación actual.

Medidas de apoyo y alternativas a la incapacitación judicial

Curatela y tutela

La figura de la tutela desaparece, siendo sustituida por la curatela, que se aplica a quienes precisan apoyo de modo continuado. La curatela puede ser representativa en casos excepcionales, pero generalmente se centra en asistir a la persona en la toma de decisiones, respetando su voluntad y preferencias.

Poderes preventivos

Los poderes preventivos permiten a una persona designar anticipadamente a alguien de confianza para que actúe en su nombre en caso de que, en el futuro, no pueda hacerlo por sí misma. Esta es una medida voluntaria que refuerza la autonomía y el control sobre las decisiones personales y patrimoniales.

Derechos y protección de las personas incapacitadas

  • Garantías legales

Se establecen salvaguardas para asegurar que las medidas de apoyo respeten en todo momento la voluntad, deseos y preferencias de la persona, evitando cualquier forma de abuso o conflicto de intereses.

  • Supervisión y responsabilidades del curador

El curador tiene la responsabilidad de asistir a la persona en el ejercicio de su capacidad jurídica, actuando siempre en beneficio de ésta y bajo la supervisión del juzgado para garantizar la correcta implementación de las medidas de apoyo.

Preguntas frecuentes sobre la incapacitación judicial

¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

El tiempo necesario para completar un proceso de incapacitación judicial puede variar dependiendo de la complejidad del caso, la disponibilidad de informes médicos y la carga de trabajo del juzgado de primera instancia correspondiente. Por lo general, puede tardar entre 6 y 12 meses, aunque en algunos casos puede extenderse si surgen recursos o complicaciones durante el procedimiento. La intervención de todas las partes involucradas es fundamental para agilizar el proceso.

¿Qué hacer si no hay familiares que puedan actuar?

En situaciones donde no existen parientes cercanos o ellos no pueden hacerse cargo, el juzgado puede designar un defensor que represente los intereses del incapacitado. Este defensor garantiza que las decisiones sobre sus bienes y actos sean en beneficio de la persona, priorizando su bienestar y defensa jurídica.