Abogado de Herencias y sucesiones en Albacete
La pérdida de un familiar o de una persona allegada implica la realización de varios trámites en un breve periodo de tiempo en el que, por lo general, nos encontramos con un estado anímico delicado. Precisamente por eso es crucial contar con abogados especialistas en herencias y sucesiones en estos momentos tan difíciles y ello para evitar consecuencias indeseadas por los múltiples incidentes con los que nos podemos topar en este proceso, principalmente en supuestos de desacuerdos en el reparto hereditario o la ausencia de testamentos.
Nuestro bufete de abogados en Albacete te ofrecerá un abogado de herencias y sucesiones de confianza, quien resolverá todas aquellas cuestiones que se planteen en este proceso.
Herencias y sucesiones en Albacete
Nos encargamos de todo lo que pueda surgir en el proceso y te ayudamos a tomar las mejores decisiones:
TRAMITACIÓN DE HERENCIAS
PLANIFICACIÓN DE SUCESIONES
ANÁLISIS DE FISCALIDAD
TESTAMENTOS Y CERTIFICADOS
REPRESENTACIÓN DE HEREDEROS
LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS
RECLAMACIÓN DE LEGÍTIMAS
MEDIACIÓN DE CONFLICTOS
ASISTENCIA LEGAL A HEREDEROS
INTERVENCIÓN JUDICIAL
HERENCIAS INTERNACIONALES
IMPUGNACIONES DE TESTAMENTOS
Testamentos
Un testamento es un documento legal que establece cómo se distribuirán los bienes y propiedades de una persona después de su fallecimiento. En él, la persona, conocida como testadora, designa a quiénes desea heredar sus activos, así como a quién desea nombrar como tutor de sus hijos menores en caso de que sea necesario. El testamento puede incluir instrucciones detalladas sobre cómo se deben repartir los bienes, así como disposiciones sobre el cuidado de los hijos y otras cuestiones importantes.
Cómo Realizar un Testamento
Cuando se trata de planificar su testamento, es crucial buscar el asesoramiento de un abogado especializado en herencias y sucesiones. Esta medida no solo garantiza que sus deseos se reflejen fielmente en el testamento, sino que también ayuda a evitar posibles disputas y problemas legales en el futuro. Un abogado de herencias y sucesiones puede proporcionarle orientación sobre cómo estructurar el testamento de manera efectiva, asegurando que se cumplan todas las disposiciones legales pertinentes y que sus bienes se distribuyan según sus deseos sin contratiempos.
Tipos de Testamentos
Ológrafos
Es el documento escrito de puño y letra. Deberá estar firmado y fechado.
Testamentos Abiertos
Son los documentos realizados ante Notario, quien da fe de la voluntad expresada por el testador. Es el testamento otorgado más habitual.
Testamentos Cerrados
En este caso será un sobre cerrado el que se entregue al Notario.
Documentos necesarios para el proceso de Herencias y Sucesiones
Para la tramitación de estos procesos es imprescindible recabar una serie de documentación
Copia del Testamento
En primer lugar es necesario recabar el certificado de últimas voluntades en la Gerencia Territorial de Justicia para saber si existe o no testamento. En caso de existir, el testamento vendrá reflejado en el citado certificado. Cualquier interesado puede solicitar copia del testamento ante el Notario correspondiente. En cambio, en caso de no existir testamento tendremos que realizar el acta de declaración de herederos. Este acta se realizará ante Notario y determinará, según Ley, quienes son herederos del fallecido.
Certificado de defunción
Este certificado se tiene que solicitar ante el Registro Civil del lugar del fallecimiento del causante, o en su caso, de manera telemática en la web del Ministerio de Justicia.
Certificado de seguros
También será necesario recabar el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento, con el fin de conocer si el causante suscribió en vida alguna póliza de seguro.
Certificado de últimas voluntades
A solicitar en la Gerencia territorial de Justicia, transcurridos 15 días del fallecimiento y previo abono de una tasa.
Documentación bancaria
Saldos, productos bancarios, valores o acciones a nombre del fallecido, de titularidad de inmuebles o existencia de deudas…
Inventario de Bienes
Es estrictamente necesario determinar todos y cada uno de los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio del causante y poder valorarlos adecuadamente. Para ello, se ha de recopilar todos los documentos que acrediten la existencia de los mismos:
- Saldos, depósitos bancarios, valores o acciones.
- Títulos de Propiedad sobre bienes inmuebles.
- Vehículos.
- Seguros de vida
- Ajuar doméstico
- Deudas frente a terceros
- Facturas
Aceptación y Partición de la Herencia
Podemos encontrarnos con dos escenarios diferentes dependiendo de que el causante haya otorgado testamento o no. En el primer caso, la adjudicación del patrimonio se llevará a cabo respetando la voluntad manifestada en el testamento, siempre que se acaten las obligaciones legales.
En el segundo supuesto, esto es, en caso de no haber otorgado el fallecido testamento, nos encontramos a su vez con dos posibilidades. La primera es la adopción de un acuerdo entre los herederos relativo al reparto de la herencia, respetando siempre las exigencias legales del mismo.
En caso de no existir acuerdo nos encontramos con la segunda circunstancia posible. En este supuesto tendremos que dirigirnos a una partición judicial o notarial, designando para ello a un contador partidor. Teniendo en cuenta estas dos posibilidades: existencia de acuerdo o ausencia del mismo podemos concluir que hay tres tipos de particiones:
Partición Voluntaria
Es la que realizan los herederos de común acuerdo. Es posible formalizarla en documento privado, a no ser que existan bienes inmuebles, en cuyo caso será necesario elevar a público el citado documento.
Partición Judicial
Es la partición que se realiza en el caso en el que los herederos no consiguen llegar a un pacto sobre la forma de distribuir y adjudicar el patrimonio, siendo necesario solicitar el auxilio judicial ante el Juzgado competente para ello.
Partición con Contador/Partidor
Es la realizada ante Notario siempre y cuando haya un acuerdo en los herederos que representen el cincuenta por ciento del patrimonio hereditario.
Liquidación de Impuestos
Es preciso proceder al abono de los impuestos correspondientes, como es el caso del impuesto de sucesiones, el impuesto sobre el incremento del valor de bienes inmuebles o plusvalía.
Esta cuota tributaria deberá de ser liquidada una vez otorgada la escritura de aceptación y partición hereditario, o, en cualquier caso, dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento. Este plazo de seis meses es prorrogable hasta un año, abonando los correspondientes intereses de demora.
Entrega efectiva de Bienes Heredados
Los herederos tomarán efectiva posesión de los bienes una vez concluidos los trámites anteriores. En el supuesto de disponer de bienes inmuebles o cualquier derecho real sobre los mismos, es muy recomendable inscribir las escrituras otorgadas ante Notario en el Registro correspondiente, así como proceder al cambio de titularidad ante el catastro.
En cambio, si recibes dinero, seguros o títulos valores, nos deberemos dirigir a la correspondiente entidad a fin de desbloquear las cuentas y/o se ponga a nuestro nombre lo percibido. Si es un vehículo, acudiremos a la Jefatura Provincial de tráfico correspondiente a tramitar el cambio de titularidad.
Abogados especialistas en testamentos
En casos donde no se tenga la certeza de si el fallecido hizo un testamento, es esencial averiguarlo. Para ello, se debe tramitar el certificado de últimas voluntades en el Registro General de Actos de Última Voluntad.
Este certificado indica si el fallecido otorgó un testamento y ante qué notario lo hizo para conocer la voluntad del testador. Con esta información, se puede solicitar una copia autorizada del último testamento al notario correspondiente. Es importante señalar que los testamentos ológrafos no constan en este documento.
¿Qué pasa si no hay testamento?
En caso de que el difunto no hubiese otorgado testamento, situación conocida como “sucesión intestada“, las personas que consideren tener derecho de sucesión deberán tramitar la correspondiente declaración de herederos ante notario. El documento redactado, llamado acta de notoriedad, establecerá quiénes son los herederos del fallecido, según las circunstancias específicas de cada caso.
La herencia legítima
En estos casos, es donde entra en juego la herencia legítima. Para poder entender este concepto, es necesario que sepamos quienes son los herederos forzosos. Los herederos forzosos son las personas que por su grado de parentesco y según nuestro Código Civil tienen pleno derecho sobre el patrimonio hereditario, estableciendo el mismo un orden:
- Hijos y descendientes.
- Padres y ascendientes (en caso de no existir hijos o descendientes).
- El viudo o la viuda.
Una vez sepamos quienes son los herederos forzosos, tendremos que conocer las diferentes partes en las que se divide una herencia:
- Legítima.
- Libre disposición.
- Tercio de mejora.
De esta manera, la legítima es la tercera parte del caudal hereditario que queda por Ley reservada a los herederos forzosos. Estos no pueden ser privados de esta porción de la herencia, salvo determinadas excepciones previstas en la ley.
La aceptación de la herencia
La aceptación de herencia es el acto mediante el cual el beneficiario expresa su voluntad de aceptar y recibir la herencia. Esto se formaliza mediante la firma del documento de aceptación de herencia, antes de iniciar los trámites para la recepción del patrimonio.
Por otro lado, es posible renunciar a la herencia. Cualquier persona llamada a una herencia tiene la opción de rechazarla. Esta decisión también debe ser manifestada ante un notario para que tenga validez legal.
La declaración de herederos
Para la tramitación de este proceso deberás acudir al Notario competente para ello, pudiendo elegir entre uno de los siguientes:
- El del lugar del último domicilio o residencia del finado.
- El del lugar donde se ubique la mayor parte de los bienes del causante.
- El del lugar en que hubiera fallecido, siempre que fuera en España.
- El de algún distrito colindante a los anteriores.
- El del lugar del domicilio del solicitante.
En Meneses Martín Abogados defendemos tus intereses
Nuestros servicios abarcan el ámbito del Derecho de Familia y el Derecho Civil: divorcios, liquidaciones de gananciales, herencias y sucesiones, desahucios, cláusulas abusivas, tarjetas revolving, reclamaciones contra aseguradoras, extinciones de condominios y asuntos relacionados con la propiedad, reclamaciones de deudas y comunidades de propietarios.
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